Los movimientos bancarios con contrapartida solo la consideran cuando se crean directamente en la Libreta, no cuando son generados desde compra, ventas, carteras de documentos y otros. Lo cual aplica perfectamente porque, por ejemplo, las Transferencias entre cuentas o hacia o desde líneas de crédito, se hacen directamente en la Libreta.
Los cargos por servicios bancarios (intereses por sobregiro, impuestos y otros) deberían comprarse, quizás con un documento Sin Comprobante de Compra, indicando como Proveedor al Banco, a fin de que el plan de cuentas y las compras en general sean correctamente alimentados. Dicha compra debería tener como código y detalle de Forma de Pago la Cartola Bancaria, lo cual es real y permite que se genere la información correctamente.
Si ha pactado con la institución bancaria que ésta emita factura por los cargos que hace a la cuenta de la empresa, al comprar esos gastos mediante la factura, podrá justificarlos tributariamente además de hacerlo en lo financiero.
Desde cualquier recurso de Sigue®, si un detalle de forma de pago debe alimentar la Cartera de documentos y/o la Libreta de banco, pedirá y obligará ingresar los datos necesarios (número, cuenta, institución, plaza y -para la libreta- código de Movimiento Bancario).
Un documento al ser usado como forma de pago, según su parametrización, puede alimentar la cartera de documentos correspondiente, la libreta, ambas, o ninguna.
El “Saldo Cuadratura” corresponde a una ocasión, generalmente reciente (como el último cierre de mes) en que, el Saldo Disponible de la Libreta coincide o está cuadrado con el Saldo de la Cartola.
Considera siempre día cerrado, por ejemplo, si el saldo cuadratura tiene fecha 30/06/2011, significa que corresponde al saldo de ese día una vez registrados y resueltos todos los movimientos hasta ese día incluido; por lo tanto, los movimientos a partir del 01/07/2011 serán los que entreguen un saldo cuadratura correcto, que es calculado a partir del saldo cuadratura de la cuenta.
Al agregar directamente en la Cartera un documento que debe alimentar la Libreta y que no tenga predefinido un Estado especial, se recomienda que lo cree con Estado por omisión (predefinido como ‘En Cartera’), y que, si requiere un estado diferente, lo cambie luego, usando las Herramientas del módulo, automatizando el proceso y garantizando que se cumplan las normas.
Tanto al agregar el documento en la Cartera como al modificar su estado con las Herramientas correspondientes, si el nuevo estado tiene definido que Afecta la Libreta – que es la única excepción a la norma de que una vez creados los registros en la Libreta ya no tienen relación con su origen – la acción tendrá el efecto que señale sobre el registro correspondiente de la Libreta: Borrar o Compensar con Monto Cero.
Con esto se logra, por ejemplo, que si se entregan en “Factory” cheques recibidos, al cambiar su estado en la Cartera, el registro correspondiente en la Libreta sea compensado y dejado con monto cero, que los saldos de la Cuenta sean corregidos y que se dé por terminado el seguimiento de ese movimiento en el módulo de Bancos.
Al anular un documento, y siguiendo con el ejemplo, el registro correspondiente en la Libreta podrá borrarse o compensarse con monto cero, según se haya configurado este estado.
En todos los casos, el efecto no es reversible. Tampoco se invierte el efecto cuando se cambia el estado de un documento en cartera desde uno que tenía efecto a uno que no. No aplica cuando se modifica un documento en cartera mediante la edición normal.
Si el registro correspondiente en la Libreta ya se encuentra Reconciliado o Compensado, este efecto no aplica, dejando el movimiento tal cual. Si el movimiento no existe en la Libreta, la orden de modificarlo simplemente es ignorada.
La Cuenta Destino por omisión, definida en la configuración del Tipo de Documento, se puede modificar cuando se crean registros directamente en la Cartera de Documentos.
En la Cartera de Documentos, al agregar un registro, si este debe alimentar la Libreta, lo hará, pero si es un documento Recibido y deja vacía la Cuenta Destino, quitando la que es ofrecida, no lo hará, ya que no tiene cuenta a la cual asignar el Abono.
Al agregar una cuota en la forma de pago de un Movimiento o de un Abono o al agregar un documento en la Cartera de Documentos, se verifica que la Cuenta de Origen cumpla las condiciones de propiedad (que sea cuenta bancaria y propia, que sea externa o nada) según se haya definido. Cuando la propia empresa compra y paga con cheques, por ejemplo, a fin de evitar que esa norma impida el registro, no use el código de la cuenta del cheque, sino el número de la misma, como regularmente se hace con los documentos de los clientes (en este caso la empresa actúa como cliente), logrando así que la cuenta que indique no califique como propia.