A todos los enlaces a archivos externos se les define un nivel de seguridad de usuario (NSU). En el ERPe y en el ERPc solo son accesibles los archivos externos cuyos enlaces tienen NSU igual o inferior al del usuario que accede. De esa forma se garantiza la privacidad de la información externa según la estructura que la empresa defina.
Entonces, por ejemplo, información externa (PDF, imágenes, links y otros) reservados para gerencia, deben tener NSU Gerencia.
Desde ese mismo punto de vista es recomendable que todos los usuarios del ERPc que no son funcionarios de la empresa sino, por ejemplo, clientes de la red de distribuidores, tengan NSU Externo y que a toda la información externa a la que no se quiere que tengan acceso se le asigna NSU interno o superior.